Calculadora de incapacidad IMSS 2026
Subsidio por enfermedad general, maternidad o riesgo de trabajo.
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Calculadora de incapacidad IMSS
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Respuesta rápida
El IMSS paga la incapacidad como un porcentaje de tu salario base de cotización (SBC): 60% desde el cuarto día en enfermedad general, 100% durante 84 días en maternidad y 100% desde el primer día en riesgo de trabajo. Con un SBC de $500 y 10 días de incapacidad por enfermedad general, el IMSS paga unos $2,100.
Puntos clave
- En enfermedad general el IMSS no paga los primeros 3 días: el subsidio empieza el cuarto (art. 98 LSS).
- En maternidad son 84 días al 100%: 42 antes y 42 después del parto (art. 101 LSS).
- En riesgo de trabajo se paga 100% desde el primer día (art. 58 LSS).
- La base es el SBC, no el sueldo mensual entre 30; puedes estimarlo con la calculadora de salario diario integrado.
- Según el tipo se requieren semanas de cotización previas (enfermedad general 4, maternidad 30, riesgo de trabajo ninguna); esta calculadora no las verifica.
Cuándo usar esta calculadora
- Te dieron una incapacidad por enfermedad general y quieres saber cuánto te pagará el IMSS.
- Vas a tomar tu incapacidad por maternidad y quieres estimar el monto de las 84 días.
- Sufriste un accidente de trabajo y quieres estimar el subsidio por riesgo de trabajo.
Cómo se calcula
Esta calculadora estima el subsidio en dinero que paga el IMSS durante una incapacidad: enfermedad general, maternidad o riesgo de trabajo. Cada tipo tiene un porcentaje del salario base de cotización (SBC) y reglas de días distintas, establecidas en la Ley del Seguro Social.
El subsidio en dinero por incapacidad es una prestación del IMSS que sustituye parte o todo el salario mientras el trabajador no puede laborar por una causa médica. El porcentaje y las reglas de días varían según el tipo de incapacidad.
En la enfermedad general (art. 98 LSS), el IMSS paga el 60% del salario base de cotización (SBC), mas no desde el primer día: los primeros tres días de incapacidad no los cubre el IMSS (algunas empresas los pagan por política interna, pero no es una obligación de ley uniforme). El pago corre a partir del cuarto día.
En la maternidad (art. 101 LSS), la trabajadora asegurada tiene derecho al 100% de su SBC durante 84 días: 42 antes de la fecha probable de parto y 42 después. Es de las prestaciones más completas del sistema.
En el riesgo de trabajo, es decir, un accidente o enfermedad derivada del trabajo (art. 58 fracción I LSS), el IMSS paga el 100% del SBC desde el primer día de incapacidad, sin los tres días de espera que aplican en la enfermedad general.
En los tres casos, el SBC es la base sobre la que se calcula, no necesariamente el salario que recibes en tu recibo de nómina; puede incluir la parte proporcional de otras prestaciones. Si no conoces tu SBC exacto, tu salario diario es una aproximación razonable.
Ejemplo de cálculo
Ejemplo (enfermedad general): SBC de $500 diarios y 10 días de incapacidad. El IMSS paga a partir del día 4: 500 × 0.60 = $300 diarios × 7 días pagados = $2,100. Ejemplo (maternidad): SBC de $500 diarios durante 84 días: 500 × 84 = $42,000, sin días de espera.
Errores comunes
- Esperar el pago desde el primer día en una enfermedad general.
- Calcular con el salario diario sin integrar en lugar del SBC.
- Contar los días de espera como si el IMSS los pagara.
- Suponer que tu empresa cubre por ley los primeros días: solo lo hace si su política o tu contrato lo prevén.
Metodología y limitaciones
Aplicamos el porcentaje del SBC y el número de días pagados según el tipo de incapacidad (enfermedad general, maternidad o riesgo de trabajo), conforme a los artículos correspondientes de la LSS. Todo se calcula en tu navegador.
Limitaciones de esta calculadora
Esta calculadora no incluye todos los supuestos posibles. En particular:
- No verifica si cumples las semanas de cotización previas (enfermedad general: 4; maternidad: 30; riesgo de trabajo: ninguna).
- El SBC real puede diferir del salario diario si tu salario integrado incluye otras prestaciones.
- No calcula el límite de 52 semanas para incapacidades prolongadas por enfermedad general o riesgo de trabajo.
- Algunas empresas pagan por política interna los primeros días de enfermedad general que el IMSS no cubre; esta calculadora solo estima lo que paga el IMSS.
Conoce cómo construimos las calculadoras en Metodología de cálculo.
Fuentes y supuestos
Esta calculadora se apoya en las siguientes fuentes públicas, combinadas con los supuestos que se explican abajo. No reproducimos textos oficiales: verifica siempre la versión vigente en la fuente.
Fuentes oficiales de referencia
- Ley del Seguro Social (LSS) Salario base de cotización e integración del salario diario integrado (arts. 27-30); subsidio por incapacidad de enfermedad general, 60% desde el 4º día (art. 98); subsidio por maternidad, 100% durante 42 días antes y 42 después del parto (art. 101); subsidio por riesgo de trabajo, 100% desde el primer día (art. 58 fracción I).
Supuestos utilizados en esta calculadora
- Enfermedad general: subsidio de 60% del salario base de cotización (SBC), a partir del 4º día de incapacidad (art. 98 LSS).
- Maternidad: subsidio de 100% del SBC durante 84 días (42 antes y 42 después del parto, art. 101 LSS).
- Riesgo de trabajo: subsidio de 100% del SBC desde el primer día de incapacidad (art. 58 fracción I LSS).
- Semanas de cotización previas según el tipo: enfermedad general, 4 semanas inmediatamente anteriores; maternidad, 30 semanas; riesgo de trabajo, ninguna.
Ver el detalle en Fuentes oficiales y supuestos.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga el IMSS por incapacidad de enfermedad general?
El 60% de tu salario base de cotización, a partir del cuarto día de incapacidad. Los primeros tres días no los paga el IMSS.
¿Cuánto paga el IMSS por incapacidad de maternidad?
El 100% de tu salario base de cotización durante 84 días: 42 días antes de la fecha probable de parto y 42 días después, sin días de espera.
¿Quién paga los primeros 3 días de una incapacidad por enfermedad general?
La Ley del Seguro Social no obliga al IMSS a cubrirlos. Algunas empresas los pagan por política interna o contrato colectivo, pero no es un derecho uniforme para todos los trabajadores; revisa tu contrato o reglamento interno.
¿Qué pasa si mi incapacidad es por un accidente de trabajo?
Se clasifica como riesgo de trabajo y el IMSS paga el 100% del salario base de cotización desde el primer día de incapacidad, sin días de espera.
¿Necesito un número mínimo de semanas cotizadas para recibir el subsidio?
Depende del tipo. Enfermedad general: 4 semanas de cotización inmediatamente anteriores a la enfermedad (los trabajadores eventuales tienen condiciones distintas). Maternidad: 30 semanas cotizadas; si no las reúnes, el art. 103 de la Ley del Seguro Social obliga a tu patrón a pagarte el salario íntegro durante el periodo. Riesgo de trabajo: no se exige un mínimo de semanas. Esta calculadora no lo verifica; confirma tu situación en tu Cuenta IMSS Digital o con la clínica que te atiende.
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Esta calculadora ofrece una estimación informativa basada en supuestos generales. No constituye asesoría legal, fiscal ni laboral. Las cantidades reales pueden variar según contrato, prestaciones, salario, antigüedad, tipo de separación y legislación vigente. Para un caso concreto, consulta a un especialista o a la autoridad correspondiente.